El Consejo Constitucional de Francia declaró inconstitucional el artículo 1 de la ley que prohibía a los menores de 15 años acceder a las redes sociales. La institución estimó que la medida «supone una vulneración que no es adecuada, necesaria ni proporcionada» a la libertad de expresión y de comunicación de ese grupo de edad.
El Consejo había sido consultado a finales de julio por diputados socialistas y de la izquierda radical. En su resolución reconoció «la exigencia constitucional de protección del interés superior del niño», pero advirtió que la prohibición era tan amplia que podía aplicarse a «servicios de comunicación en línea cuyos riesgos para la salud y la seguridad de los menores no están establecidos».
La norma, que debía entrar en vigor el 1 de septiembre, habría excluido a los jóvenes de plataformas como TikTok, Snapchat, X, Instagram y YouTube, así como de servicios de mensajería como WhatsApp y Facebook Messenger y de algunos videojuegos en línea. Las excepciones previstas —enciclopedias en línea y sitios educativos o científicos— fueron calificadas de demasiado «limitadas» por el propio Consejo.
Tras el fallo, el presidente Emmanuel Macron encargó al primer ministro Sébastien Lecornu —según consigna la fuente— «trabajar» en «una redacción jurídicamente sólida» del texto «en el menor plazo posible». La Presidencia francesa subrayó que su compromiso para aprobar la ley «de aquí a la primavera de 2027 sigue siendo total».
El Consejo se pronunció únicamente sobre el artículo 1 y no sobre la prohibición del celular en los centros de secundaria a partir del 1 de septiembre, medida que también integra la misma ley.
Francia no actúa en el vacío. A finales de 2025, Australia se convirtió en el primer país en prohibir las redes sociales a los menores de 16 años. Desde entonces, Brasil, Indonesia, el Reino Unido y Nueva Zelanda han adoptado o anunciado restricciones similares. La Comisión Europea, por su parte, anunció en julio su intención de instaurar un acceso «progresivo y gradual» de los menores a estas plataformas.
El dato importa más que el ruido. El fallo no cierra el debate: lo reencuadra. El Consejo Constitucional no dijo que proteger a los menores sea ilegítimo, sino que el instrumento elegido era demasiado tosco. Esa distinción es relevante: una prohibición general que no discrimina entre plataformas de alto riesgo y espacios de comunicación ordinarios termina restringiendo libertades sin garantizar resultados. Conviene mirar los incentivos. Los gobiernos que legislan bajo presión mediática tienden a producir normas amplias y difíciles de ejecutar; los que construyen marcos proporcionales, con verificación de edad técnicamente viable y responsabilidad clara para las plataformas, tienen más posibilidades de sobrevivir el escrutinio judicial. Francia deberá recorrer ese segundo camino antes de la primavera de 2027.



